La crisis del centenario Ingenio de Campo Santo afectó a la economía de toda la zona de General Güemes y perjudicó gravemente a todos los trabajadores.

Mientras los despedidos no han cobrado todavía el 100% de la indemnización que les corresponde, los reincorporados carecen de libertad sindical, y sus condiciones de trabajo no están sujetas a las leyes y convenios vigentes.

 

Dicho en otros términos: Los ingresos de todos los trabajadores y ex trabajadores están viéndose perjudicados por esta situación ilegal y arbitraria.

 

En paralelo, la empresa que se hizo cargo de todas las fases de producción y comercialización del azúcar despliega una intensa actividad para arrinconar a los trabajadores y al SOEASI (el sindicato con personería gremial que sigue representando a todos los trabajadores del San Isidro).

 

El Ingenio parece añorar tiempos pasados donde los trabajadores azucareros carecían de derechos, de sindicatos genuinos, y de una autoridad administrativa que velara por el cumplimiento de las leyes.

 

Resulta extraño que todo esto suceda en pleno siglo XXI, a contramano no solo de las leyes argentinas sino también de los Tratados Internacionales y de los Convenios de la OIT que imponen la vigencia de la Libertad Sindical y consagran el concepto de “trabajo decente”.

 

El SOEASI se ha visto así forzado a defender su existencia, tanto como el derecho a la Libertad Sindical y a las “condiciones dignas y equitativas de labor” (artículo 14 bis de la Constitución Nacional) de todos los trabajadores del Ingenio.

 

Lo hace, con mi asistencia letrada, en una acción de amparo sindical en donde se procura que la Justicia salteña ponga fin a los ataques y haga cesar las prácticas discriminatorias que perjudican al Sindicato con personería gremial y benefician, no a los trabajadores, sino a una organización presuntamente gremial que cuenta con el patrocinio de la patronal.

 

La propietaria del Ingenio se niega a negociar colectivamente los salarios y demás condiciones de trabajo con el SOEASI. Impide que este sindicato participe en las Inspecciones que ordena la Secretaria de Trabajo. Incumple con su deber de entregar al sindicato las cuotas pagadas por los trabajadores, en un intento por asfixiar económicamente al SOEASI.

 

Actúan además personas que procuran que los cerca de 500 trabajadores despedidos renuncien a la indemnización que marca la Ley y que está siendo reclamada en los tribunales de la ciudad de Buenos Aires.

 

La maniobra consiste en ofrecer a los trabajadores el pago de cantidades muy por debajo de la tarifa legal y de los índices de actualización monetaria, a cambio de renuncias a sus mayores derechos.

 

Por supuesto, la organización sindical legalmente representativa en virtud de la personería gremial (el SOEASI) es un obstáculo para que esta maniobra se consume.

 

Pienso que la empresa debería volver sobre sus pasos y avenirse a negociar, en el marco de la Constitución y de las leyes, con la representación legal de los trabajadores. De modo que el futuro de la producción y el futuro del empleo (o sea, el futuro de Campo Santo y sus familias) se construyan a partir de las coincidencias obrero patronales, como es habitual allí donde la voluntad de cumplir la ley y pactar los conflictos se impone sobre estrategias cerradas.

 

Salta, 15 de julio de 2020.