Usermaatra-Meriamón Ramsés-Heqaiunu, encarnación terrenal del dios Horus, hijo de Hathor-Isis, y dios halcón de Hieracómpolis, fue conocido –como todos sabemos- como el faraón Ramsés III, (Ramsy para los amigos). Fue el último de los grandes faraones, que rigió los destinos de Egipto desde 1184 a 1153 A.C.

 

Como su abuelo, (Ramsés II), tuvo un ímpetu constructor que lo llevó a levantar edificios en cada rincón de su vasto imperio. Todo era un derroche de: "quiero cinco pirámides por allá", "dos mastabas por acá", "tres esfinges cerca del Nilo"; hasta que se cortó la soja; perdón la soga que ataba la economía egipcia al viento de cola proveniente de la masiva llegada de tributos procedentes de las provincias asiáticas y nubias. Como en todos los sufridos gobiernos de la historia, abundan los ingratos y esos "muertos de hambre" (literalmente) de los obreros fueron a poner a Ramsy en la historia por ser el receptor de los reclamos de las tres primeras huelgas documentadas de la historia de la humanidad. La crónica de esos sucesos fue recogida en un papiro que está en el Museo Egipcio de Turín, por el cual sabemos que trabajadores cualificados (que no eran esclavos), nada menos que de la tumba del faraón, en el famoso Valle de los Reyes, llevaban más de veinte días sin recibir el sustento. Cuatro meses después, el conflicto se reavivó. La entrega de alimentos se había demorado de nuevo, esta vez dieciocho días, y los obreros se vieron obligados a reclamar lo que era suyo, pero recibieron partidas insuficientes. Por esta razón interrumpieron el trabajo y se dirigieron al templo de Thutmose III en Medinet Habu, donde presentaron sus quejas, exigiendo que el propio rey fuera informado y proclamando: "Tenemos hambre, han pasado dieciocho días de este mes... hemos venido aquí empujados por el hambre y por la sed; no tenemos vestidos, ni aceite, ni pescado, ni legumbres". Recordemos que el salario, en esa época, estaba compuesto fundamentalmente por raciones alimenticias: trigo y cerveza (el trigo podía demorarse, pero con la cerveza no se juega decían los que siempre mostraban su mejor perfil).

 

Pero ¿Que ocurrió para que se desencadenaran estos acontecimientos y los obreros dejaran de trabajar? Según el egiptólogo alemán Arne Eggebrecht: "La corrupción y la mala administración de los recursos debilitaban la economía del país, ya afectada por el gasto en las monumentales tumbas en el Valle de los Reyes que absorbían buena parte del potencial de trabajo de la población. El excesivo y consecuente crecimiento de la burocracia estatal, así como de una demanda de bienes de consumo que no podía ser satisfecha, llevaba la situación hasta el límite. Al empezar la inflación en los últimos años de Ramsés III, el sistema de trabajo se desarticuló como consecuencia de los retrasos del gobierno en pagar a los obreros

 

"corrupción, mala administración, gasto excesivo, burocracia creciente, consumismo, inflación…"; felizmente, son problemas lejanos en el espacio y en el tiempo, para esta dichosa Argentina de hoy. Sin embargo, tres mil doscientos años después de aquellos sucesos, en ese país que está mucho más al sur de Nubia y Etiopía, los eternos disconformes porque no comen suficiente y les quieren arrebatar sus derechos, vuelven a protagonizar una huelga general.

 

Consecuencias jurídicas

 

El estar poco acostumbrados a los paros generales, también produce una modorra jurídica, que nos priva de su discusión en los foros especializados. Hay varios interrogantes que intentaremos dilucidar. Se habla de "lagunas del derecho" cuando el orden jurídico no contempla determinadas situaciones, creando un vacío legislativo. El fenómeno de la huelga presenta muchos de esos charcos, pero, cuando de huelga general hablamos, nos enfrentamos a un innavegable océano jurídico. Tan difícil ha sido receptar jurídicamente la huelga, que la centenaria Organización Internacional del Trabajo (OIT), aún no ha logrado que gremios, empresas y gobiernos se pongan de acuerdo para incluirla expresamente en algún Convenio o Recomendación. Hasta la Constitución justicialista de 1949, la excluyó expresamente del texto constitucional.

 

Un importante filósofo del derecho, del siglo pasado, Otto Kahn Freund, sostiene que "el Derecho es una fuerza de importancia secundaria en las relaciones humanas y, especialmente, en las relaciones laborales". De por sí es muy difícil de integrar al pensamiento jurídico la admisión de una conducta (la huelga) destinada a causar daño (no existe huelga sin ese elemento) llegando inclusive a convertirla en un derecho de rango constitucional.

 

Pero el tema es aún más complicado, porque las dificultades señaladas se presentan ya en la huelga común, la que enfrenta a trabajadores con la empresa, por reclamos principalmente laborales. Pero se agudiza la cuestión cuando el paro no es contra las empresas, sino contra el Gobierno. Todavía el tema se complica más cuando la protesta es contra políticas públicas y no contra decisiones que no pueden resolver los empresarios. Con las dificultades que hemos señalado, trataremos de acercar algunas precisiones:

 

¿El paro del 24E, puede ser considerado ilegal? Las huelgas comunes tienen un procedimiento regulado por la ley de conciliación obligatoria (Nº14.786); la inobservancia de sus disposiciones puede acarrear una declaración de ilegalidad. Pero, pensamos que la huelga general que se dirige contra los poderes públicos, no está sometida a ese régimen. Directamente goza de la garantía constitucional del derecho de huelga. Pero para ello –a nuestro criterio- debemos sumar un componente de éxito: la huelga debe alcanzar un razonable nivel de acatamiento.

 

El conocido constitucionalista Alejandro Fargosi manifestó en la pantalla de La Nación + que la CGT y los sindicatos "tienen prohibido hacer política". Esa afirmación es una burrada: no existe ninguna prohibición de esa naturaleza en nuestra legislación. Es tendencia mundial que los sindicatos intervengan en política (Francia, Italia, España, etc.) Incluso en EEUU vemos la clásica adhesión al partido demócrata (ahora disputada por Trump). En algunos países lo que se prohíbe es la política partidaria, pero no es el caso de Inglaterra donde no solo hacen política si no que inclusive fundaron uno de los grandes partidos políticos de ese país: el Laborista.

 

¿Podrá ser causal de sanción o despido adherir al paro general? Obviamente no, se trata del ejercicio de un derecho constitucional. En todo caso se trataría de una inasistencia, con aviso. Su justificación podrá ser discutida, pero es razonable que el trabajador pueda adherir a un paro en el que se reclaman por políticas que lo afectan directamente. En general las huelgas no son causal de despido por sí mismas, si no en cuanto implican un abandono de trabajo. Para configurar ese abandono nuestra legislación exige una intimación previa (generalmente de 48 horas), resultando imposible cuando –como en este caso- el paro es de 24 horas.

 

¿Corresponde descontar los días de huelga? En esto no hay dudas, el empleador (público o privado) podrá descontar el día no trabajado, a menos que no lo haga por solidaridad política o bien porque el mismo empleador dispuso que no se trabajara, en una especie de "lock out". Si cierra el establecimiento, los trabajadores podrán alegar que no pudieron acceder al mismo y tendrán derecho a percibir el salario respectivo.

 

Es llamativo que las centrales sindicales no le hicieron ningún paro a quienes fueron directos causantes del despilfarro y la catástrofe económica y se lo hacen al inocente nuevo Faraón que con toda buena fe viene a hacer tabla rasa con todos los derechos sociales y laborales habidos y por haber, sosteniendo que la justicia social es una "aberración" y el artículo 14 bis "el cáncer de este país". Promete este Mesías, que luego de algunas décadas de sacrificio (por supuesto a cargo exclusivo de los trabajadores) los ricos, que habrán llenado sus graneros de soja y miel, "derramarán" estos bienes hacia la sufrida población. Vaya a saberse por qué, pero los trabajadores no estarían creyendo en esas faraónicas promesas.

 

Pero Milei está convencido que tiene un mandato divino para refundar la república y sustituir de un plumazo todas sus leyes. Recordemos que, en su primer discurso como presidente electo, agradeció "a las fuerzas celestes". Entre otros apasionamientos Milei viene declarando reiteradamente ser fanático admirador del profeta Moisés. Según la Biblia (Libro del Éxodo (34:10-28) Moisés recibió de Dios, en el Monte Sinaí, los Diez Mandamientos. Allí Dios le dijo: "Honra a tu padre y a tu madre, como Yahvé tu Dios te ha mandado y obedecerás a Mi lei…"